Thursday, March 5, 2015

ENTREVISTA CON RICHARD NIXON



El siguiente es un extracto de la entrevista que David Frost hizo a Richard Nixon en 1977 según transcripción publicada por el diario inglés The Guardian:

David Frost: La mareada de descontento -ocasionalmente violento- que recorrió a los EEUU a raíz del ataque a Camboya por parte de los ejércitos de los Estados Unidos y Vietnam del sur en 1970 indujo al presidente Nixon a exigir mejor información por parte de los órganos de inteligencia sobre sus opositores domésticos. Un asistente de la oficina jurídica de la Casa Blanca coordinó reuniones con la CIA, el FBI y otras agencias de policía e inteligencia para este efecto.

De estas reuniones salió el Plan Huston que recomendaba el uso sistemático de espionaje telefónico, grabaciones subrepticias,  violaciones de domicilios y oficinas privadas -llamadas operaciones de valija negra-, violación de correspondencia e infiltración de grupos anti-guerra. Algunas de estas actividades eran ilegales, de acuerdo con la oficina jurídica. Sin embargo, el presidente aprobó el plan. El director del FBI se opuso y el plan fue archivado.

Diría usted que hay circunstancias concretas –y el Plan Huston sería una de ellas- con respecto a las cuales el presidente puede decidir que convienen a los altos intereses nacionales y ordenar algo ilegal?

Richard Nixon: Cuando el presidente lo ordena quiere decir que no es ilegal.


DF: Por definición.

RN: Exactamente, exactamente. Si el presidente, por ejemplo, aprueba algo por razones de seguridad nacional o, como en este caso, porque la paz interna y el orden están seriamente amenazados, entonces la decisión presidencial en ese momento permite que los encargados de ejecutarla lo hagan sin violar la ley. De lo contrario ellos estarían en una situación imposible.

DF: El punto es: ¿depende del criterio presidencial que esas acciones sean legales?

RN: Sí, pero para que a nadie le quede la impresión de que el presidente puede hacer lo que le dé la gana y salirse con la suya en este país debemos recordar que el presidente tiene que responder ante el electorado. También tenemos que recordar que el presidente debe obtener fondos del Congreso.

DF: Hablando de la presidencia, usted declaró: “Es obvio que existen algunas actividades inherentes a las tareas del gobierno que cuando las desarrolla el soberano en defensa de la seguridad de la nación son legales pero que si son desarrolladas por una persona privada no son legales”. ¿En el fondo qué tenía usted en mente al decir esto?

RN: Creo que lo que tenía en mente lo expresó mejor Lincoln durante la guerra entre los estados. Lincoln dijo, y cito casi textualmente: “Actividades que en otras circunstancias serían inconstitucionales podrían volverse legales si se realizan con el propósito de preservar la constitución y la nación”. Ese es el tipo de actividad a la que me refiero.  Por supuesto, en el caso de Lincoln estaba en juego la supervivencia de la Unión en tiempo de guerra, había que defender la nación.

DF: Pero no hay comparación entre la situación que usted enfrentaba y la que enfrentaba Lincoln, ¿o sí la hay?

RN: El país estaba profundamente dividido por razones ideológicas con respecto a la guerra de Vietnam de la misma manera que la guerra civil lo había dividido cuando Lincoln era presidente. De otro lado es verdad de no teníamos lo del norte y el sur…

DF: Pero cuando usted dice, como dijo cuando hablábamos del Plan Huston, que “si el presidente lo ordena se vuelve legal”, ¿hay algo en la Constitución o en la reforma constitucional sobre derechos ciudadanos que sugiera que el presidente tiene ese poder soberano, que se encuentra así de alto por encima de la ley?

RN: No, no lo hay. No hay nada específico en la Constitución. Yo no he leído todo lo que se ha escrito sobre esto pero yo sé que se ha hecho el argumento de que en tiempo de guerra el presidente tiene ciertos poderes extraordinarios que hacen legales algunas actividades que serían ilegales en otra situación, y que serían legales si se adelantan con el propósito de preservar la nación y la Constitución, lo que es esencial para los derechos de que estamos hablando.

Traducción de Luis Mejía
5 de marzo del 2015
Publicado en blogluismejia.blogspot.com

No comments:

Post a Comment